El Pasaporte Europeo y los Desplazamientos de Animales de Compañía en la Unión Europea
Desde octubre del año 2004 la Unión Europea establece un modelo de pasaporte para los desplazamientos intracomunitarios de algunos animales. Afecta a los desplazamientos entre países de la Unión Europea y también se aplica cuando entra un animal en cualquier país de la Unión. Esta nueva normativa se refiere a los desplazamientos de, entre otros, perros, gatos, hurones.
Durante sus desplazamientos dentro de los Estados miembros de la Unión Europea los animales de compañía deberán:
- Estar identificadas con un tatuaje claramente legible o con un sistema electrónico de identificación (microchip).
- Ir acompañados de un pasaporte expedido por un veterinario, autorizado por la autoridad competente, que certifique una vacunación o, en su caso, una revacunación antirrábica que tenga validez con arreglo a las recomendaciones del laboratorio de fabricación y según norma de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
Este pasaporte incluye información detallada sobre las vacunaciones antirrábicas, otras vacunaciones y sobre los requisitos relativos a la situación sanitaria de los animales.
Dependiendo de cada Comunidad Autónoma sustituye o no a la Cartilla Sanitaria en vigor.
Para entrar en un país que no sea de la Unión Europea será necesaria la documentación que exija cada país.
Si hay alguna duda sobre la entrada de un animal en un país aunque sea intracomunitario habrá que realizar una llamada al Consulado correspondiente y verificar los requisitos que piden.
Es decir, para el resto de países fuera de la Unión Europea serán necesarios los trámites que marque cada Consulado igual que hasta ahora, el pasaporte no les afecta. Lo que si es importante es que los animales que vuelvan a España si están afectados por este pasaporte.
Los REQUISITOS SANITARIOS EXIGIDOS POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA PARA EL MOVIMIENTO DE ANIMALES DE COMPAÑÍA (perros, gatos y hurones) SIN ÁNIMO COMERCIAL han sufrido cambios en febrero del 2012.
Los animales de compañía (perros, gatos y hurones) que viajen a REINO UNIDO, IRLANDA, MALTA Y FINLANDIA (perros ) tienen requisitos adicionales, deben ser tratados
contra E. multilocularis 24-120 horas antes de la entrada en el país. Para entrar en NORUEGA (perros ), deben ser tratados ontra Equinococos 10 días antes de la entrada en el país y repetir el tratamiento 7 días después del movimiento.
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